Cuando en una comunidad de propietarios, la junta directiva, el presidente o el administrador, no han gastado los fondos de la comunidad de forma autorizada, será la junta general la que tendrá la opción de no aprobar las cuentas y pedir responsabilidades a quien corresponda.
Vamos a exponer a continuación una serie de supuestos que se dan en muchas ocasiones en las comunidades de propietarios:
No será responsable el administrador cuando está bien confeccionado un presupuesto, sea ordinario o extraordinario después de analizar los gastos previstos. Además, no tendría por qué producirse una situación de las denominadas de "números rojos" en la comunidad de propietarios.
Sí que se le hará responsable al administrador de la finca: La figura del administrador debe de estar al servicio de la comunidad, y será el presidente, como su responsable el que tenga el derecho de que el administrador rinda cuentas o realice las explicaciones que se le pidan. Podrán imputársele los compromisos que se deriven del derecho civil y penal como profesional que actúa al servicio de una comunidad.
Cuando se vaya a realizar un cambio de administrador, tanto el saliente como el entrante tienen la obligación de presentar las cuentas durante la reunión anual para que sean aprobadas en la junta de propietarios. Así pues, cuando haya un traspaso de administradores, se debe de hacer la presentación del balance anterior y la presentación del estado actual de cuentas. El administrador que entre es el que debe dar por bueno el estado de cuentas.
Si el administrador saliente no da el estado de cuentas, el nuevo administrador, así lo reflejará en su libro de cuentas.






