Comunidades de propietarios: Seguros
Cuando una persona adquiere una vivienda en un edificio o en una comunidad de propietarios, también adquiere, aunque lo desconozca en principio, una serie de derechos y obligaciones. Resulta que se es copropietario de los elementos comunes de la finca o edificio y junto a los demás vecinos tendrá la obligación de velar por el adecuado mantenimiento de la finca o comunidad de propietarios.
Como los elementos comunes de la comunidad de propietarios están expuestos a eventualidades, pueden perjudicar a algún propietario. Sin embargo, en la actualidad, la ley no obliga a que las comunidades de propietarios estén suscritas a un seguro que cubra estas incidencias a la comunidad. La Ley de Propiedad Horizontal lo refleja como una opción voluntaria. No obstante, la experiencia ha demostrado que para una comunidad es muy adecuado que disponga de un seguro.
La toma de la decisión en junta sólo precisa el acuerdo mayoritario de los comuneros y sus cuotas de participación.
Seguros de Comunidades de Propietarios: actualmente, las aseguradoras tienen productos que varían, como los seguros multirriesgo o las ampliaciones de prestaciones y coberturas.
Existen seguros muy completos para comunidades en la actualidad.






